Con la adopción en 1998, del
Estatuto de la Corte Penal Internacional, Estatuto que entró en
vigencia recientemente el 1 de julio de 2002, la humanidad ha sido
testigo de un avance sin precedentes en materia de derechos humanos,
ya que el antiguo concepto de que el sujeto de derechos humanos
solamente podía manifestarse de manera activa, esto es, a través
del ejercicio de sus derechos, ha quedado atrás, para dar paso al
sujeto pasivo de derechos humanos, es decir, que el individuo también
es responsable de violaciones y puede ser penalmente sancionado.
Antes de la adopción del Estatuto, únicamente los Estados estaban
sujetos a sanciones por violaciones a los derechos humanos,
individuales y colectivos. La entrada en vigencia del Estatuto de la
Corte Penal Internacional consolida el principio de justicia
universal, según el cual, un individuo puede ser detenido, procesado
y sancionado por el cometimiento de crímenes de lesa humanidad, como
genocidio, tortura, desaparición forzada, etc., en cualesquiera de
los países que han ratificado el Estatuto.
El Ecuador ha expresado en varias
ocasiones ante los foros internacionales que El Ecuador ha expresado
en varias ocasiones ante los foros internacionales que uno de los
mayores logros de las Naciones Unidas en estos cincuenta y siete años
de existencia ha sido y seguirá siendo la promoción y el
fortalecimiento del sistema internacional de los derechos humanos.